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Leyes específicas. Se refieren a aspectos concretos, pero de cierta importancia, de la actividad aseguradora, tales como la regulación del seguro de automóviles, de los planes y fondos de pensiones, de los riesgos de la construcción, de los riesgos de la naturaleza o consorciables, así como las reglamentaciones del seguro de caza, de la responsabilidad civil del uso de la energía nuclear, del seguro obligatorio de viajeros, de los seguros agrarios combinados y otras.

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- Consorcio de Compensación de Seguros

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- Seguro de caza, de la responsabilidad civil de uso de la energía nuclear.

- Seguro obligatorio de viajeros.

- Otras.

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