Leyes específicas. Se refieren a aspectos concretos, pero de cierta importancia, de la actividad aseguradora, tales como la regulación del seguro de automóviles, de los planes y fondos de pensiones, de los riesgos de la construcción, de los riesgos de la naturaleza o consorciables, así como las reglamentaciones del seguro de caza, de la responsabilidad civil del uso de la energía nuclear, del seguro obligatorio de viajeros, de los seguros agrarios combinados y otras.
- Consorcio de Compensación de Seguros
- Seguro de caza, de la responsabilidad civil de uso de la energía nuclear.
- Seguro obligatorio de viajeros.
- Otras.